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En el BOE de hoy, 19 de abril, se ha publicado la Orden de módulos de cara a la declaración de la renta de este año.
Recoge las reducciones de los índices de rendimiento neto para los sectores agrícolas y ganaderos afectados por circunstancias excepcionales (como la sequía) en 2023 a quienes estén acogidos al régimen de estimación objetiva del IRPF. Con carácter general, se aprueban reducciones en los índices de rendimiento neto de cereales, leguminosas, olivar, uva para vino, castaña, ganadería extensiva y apicultura.
Además, se incluye en esta disposición la reducción general del 15% en el rendimiento neto de módulos que el Ministerio de Agricultura recogía en su documento con medidas a favor del sector agrario presentado hace unas semanas a las organizaciones agrarias. Inicialmente se había fijado en el 10%.
También incluye otras reducciones a nivel autonómico, provincial o municipal en distintas producciones, entre las que destacan las aprobadas para los frutales no cítricos.
El Ministerio estima que el conjunto de las reducciones contempladas en la Orden supone una rebaja de la base imponible del orden de 1.750 millones de euros.
Por otro lado, ha recordado que los agricultores y ganaderos acogidos al régimen de estimación objetiva se beneficiarán también de una rebaja del 35% de la factura del gasóleo y del 15% de la de fertilizantes. Además, se mantienen las reducciones de los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos de regadío que utilicen energía eléctrica.
Las reducciones aplicables a nivel nacional son las siguientes:
Sectores agrícolas:
- Cereales y leguminosas de 0,26 a 0,13
- Productos del olivo de 0,26 a 0,13
- Uva para vino con D.O. de 0,32 a 0,22
- Uva para vino sin D.O. de 0,26 a 0,18
- Castaña de 0,26 a 0,05
Sectores ganaderos:
- Bovino de carne extensivo de 0,13 a 0,09
- Bovino de cría extensivo de 0,26 a 0,18
- Ovino y caprino de carne extensivo de 0,13 a 0,09
- Porcino de carne extensivo de 0,13 a 0,09
- Porcino de cría extensivo de 0,26 a 0,18
- Apicultura de 0,26 a 0,13
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Actualidad
Reducciones fiscales para cereales, olivar, uva para vino y ganadería extensiva
Publicada la Orden de módulos de cara a la declaración del IRPF
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En el BOE de hoy, 19 de abril, se ha publicado la Orden de módulos de cara a la declaración de la renta de este año.
Recoge las reducciones de los índices de rendimiento neto para los sectores agrícolas y ganaderos afectados por circunstancias excepcionales (como la sequía) en 2023 a quienes estén acogidos al régimen de estimación objetiva del IRPF. Con carácter general, se aprueban reducciones en los índices de rendimiento neto de cereales, leguminosas, olivar, uva para vino, castaña, ganadería extensiva y apicultura.
Además, se incluye en esta disposición la reducción general del 15% en el rendimiento neto de módulos que el Ministerio de Agricultura recogía en su documento con medidas a favor del sector agrario presentado hace unas semanas a las organizaciones agrarias. Inicialmente se había fijado en el 10%.
También incluye otras reducciones a nivel autonómico, provincial o municipal en distintas producciones, entre las que destacan las aprobadas para los frutales no cítricos.
El Ministerio estima que el conjunto de las reducciones contempladas en la Orden supone una rebaja de la base imponible del orden de 1.750 millones de euros.
Por otro lado, ha recordado que los agricultores y ganaderos acogidos al régimen de estimación objetiva se beneficiarán también de una rebaja del 35% de la factura del gasóleo y del 15% de la de fertilizantes. Además, se mantienen las reducciones de los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos de regadío que utilicen energía eléctrica.
Las reducciones aplicables a nivel nacional son las siguientes:
Sectores agrícolas:
- Cereales y leguminosas de 0,26 a 0,13
- Productos del olivo de 0,26 a 0,13
- Uva para vino con D.O. de 0,32 a 0,22
- Uva para vino sin D.O. de 0,26 a 0,18
- Castaña de 0,26 a 0,05
Sectores ganaderos:
- Bovino de carne extensivo de 0,13 a 0,09
- Bovino de cría extensivo de 0,26 a 0,18
- Ovino y caprino de carne extensivo de 0,13 a 0,09
- Porcino de carne extensivo de 0,13 a 0,09
- Porcino de cría extensivo de 0,26 a 0,18
- Apicultura de 0,26 a 0,13
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