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El BOE publicó el pasado jueves, 11 de diciembre, la orden del Ministerio de Hacienda que desarrolla para el año 2026 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado de IVA, es decir, la orden de módulos. En lo que respecta al sector agrario, la disposición no presenta cambios significativos con respecto a la que se publicó el año pasado.

 

De nuevo, se aplicará una reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos para todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad por este método de estimación objetiva.

 

Además, se mantiene en 250.000 el límite de ingresos de los agricultores, ganaderos y silvicultores para poder tributar por el régimen de módulos. El texto incluye también una novedad que se introdujo el año pasado, y es que del cómputo de ingresos para poder tributar por este régimen se excluye la compensación del IVA.

 

Lo que no incluye es la bonificación en la factura por adquisición de gasóleo agrícola y fertilizantes, que ya se había eliminado para el presente año 2025. Tampoco recoge las rebajas de módulos para sectores concretos afectados por circunstancias excepcionales en 2025, que se publicará, como es habitual, en la primavera del año que viene.

12/12/25 13:36
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Publicada la orden de módulos de cara a 2026

No presenta novedades significativas

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Legislación

WC - Comunidad - Autor - Fecha

Agropopular

12/12/2025

1 minuto
de lectura
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El BOE publicó el pasado jueves, 11 de diciembre, la orden del Ministerio de Hacienda que desarrolla para el año 2026 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado de IVA, es decir, la orden de módulos. En lo que respecta al sector agrario, la disposición no presenta cambios significativos con respecto a la que se publicó el año pasado.

 

De nuevo, se aplicará una reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos para todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad por este método de estimación objetiva.

 

Además, se mantiene en 250.000 el límite de ingresos de los agricultores, ganaderos y silvicultores para poder tributar por el régimen de módulos. El texto incluye también una novedad que se introdujo el año pasado, y es que del cómputo de ingresos para poder tributar por este régimen se excluye la compensación del IVA.

 

Lo que no incluye es la bonificación en la factura por adquisición de gasóleo agrícola y fertilizantes, que ya se había eliminado para el presente año 2025. Tampoco recoge las rebajas de módulos para sectores concretos afectados por circunstancias excepcionales en 2025, que se publicará, como es habitual, en la primavera del año que viene.

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