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El Ministerio de Agricultura anunció en un principio que los beneficiarios de las ayudas dirigidas a paliar los daños provocados por las sucesivas borrascas de los primeros meses del año en Andalucía y Extremadura no tendrían que hacer ningún trámite para percibirlas. Sin embargo, si no quieren perderlas, deberán aceptarlas de forma expresa. Los más de 140.000 agricultores y ganaderos que figuran en el primer listado de beneficiarios publicado por el Ministerio de Agricultura deberán hacerlo antes del próximo 27 de abril.
En una orden publicada en el BOE el 28 de marzo se establece un plazo de quince días para que los beneficiarios incluidos en los listados que publique el Ministerio de Agricultura renuncien o acepten expresamente la ayuda. "La aceptación -dice la disposición- implicará la declaración responsable de que la ayuda a percibir no excede del valor de los daños sufridos como consecuencia directa del desastre natural o del acontecimiento de carácter excepcional objeto de estas ayudas. En caso de no aceptar expresamente, se entenderá que el interesado renuncia a la ayuda".
El procedimiento de aceptación expresa está publicado en la sede electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), donde los propios interesados pueden rellenar el formulario para la aceptación de la ayuda. También pueden realizar el trámite a través de las organizaciones agrarias, las cooperativas u otras entidades colaboradoras que les gestionan la solicitud de la Política Agraria Común.
En una reunión con las organizaciones agrarias y las cooperativas para explicar el procedimiento, los responsables del Ministerio de Agricultura señalaron que estas ayudas están concebidas para compensar pérdidas reales y recomendaron que se conserve "cualquier documento que permita evidenciar las consecuencias de las borrascas en su actividad". Añadieron que "la exigencia de una aceptación expresa con declaración responsable responde a la necesidad de asegurar el correcto destino de los fondos públicos, en un contexto de ayudas de gran alcance tanto en número de beneficarios como en volumen económico".
Hay que recordar que las ayudas pueden oscilar entre los 5.000 y los 25.000 euros por beneficiario. El primer listado de beneficiarios puede consultarse a través de este enlace.
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Actualidad
Las ayudas por las borrascas deben aceptarse expresamente antes del 27 de abril
En Andalucía y Extremadura
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Agropopular
09/04/2026
El Ministerio de Agricultura anunció en un principio que los beneficiarios de las ayudas dirigidas a paliar los daños provocados por las sucesivas borrascas de los primeros meses del año en Andalucía y Extremadura no tendrían que hacer ningún trámite para percibirlas. Sin embargo, si no quieren perderlas, deberán aceptarlas de forma expresa. Los más de 140.000 agricultores y ganaderos que figuran en el primer listado de beneficiarios publicado por el Ministerio de Agricultura deberán hacerlo antes del próximo 27 de abril.
En una orden publicada en el BOE el 28 de marzo se establece un plazo de quince días para que los beneficiarios incluidos en los listados que publique el Ministerio de Agricultura renuncien o acepten expresamente la ayuda. "La aceptación -dice la disposición- implicará la declaración responsable de que la ayuda a percibir no excede del valor de los daños sufridos como consecuencia directa del desastre natural o del acontecimiento de carácter excepcional objeto de estas ayudas. En caso de no aceptar expresamente, se entenderá que el interesado renuncia a la ayuda".
El procedimiento de aceptación expresa está publicado en la sede electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), donde los propios interesados pueden rellenar el formulario para la aceptación de la ayuda. También pueden realizar el trámite a través de las organizaciones agrarias, las cooperativas u otras entidades colaboradoras que les gestionan la solicitud de la Política Agraria Común.
En una reunión con las organizaciones agrarias y las cooperativas para explicar el procedimiento, los responsables del Ministerio de Agricultura señalaron que estas ayudas están concebidas para compensar pérdidas reales y recomendaron que se conserve "cualquier documento que permita evidenciar las consecuencias de las borrascas en su actividad". Añadieron que "la exigencia de una aceptación expresa con declaración responsable responde a la necesidad de asegurar el correcto destino de los fondos públicos, en un contexto de ayudas de gran alcance tanto en número de beneficarios como en volumen económico".
Hay que recordar que las ayudas pueden oscilar entre los 5.000 y los 25.000 euros por beneficiario. El primer listado de beneficiarios puede consultarse a través de este enlace.
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