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El Tribunal Supremo ha avalado la obligación de que el precio pagado por la leche cubra los costes de producción.

Los jueces han desestimado un recurso de la Federación Nacional de Industrias Lácteas (FNIL) contra la normativa sobre contratación en el sector lácteo, que establece esta obligación y han apuntado que la misma persigue un objetivo legítimo de evitar prácticas desleales en perjuicio de la parte más débil de la cadena, que son los productores.

Los industriales argumentaban que la disposición supone una restricción de la libertad de las partes para fijar el precio del contrato que es contraria al Derecho de la Unión Europea. Sin embargo, el Supremo considera que es proporcional desde la perspectiva del derecho europeo, que es constitucional y que no socava la libertad de empresa.

Añade que es una medida adecuada para fortalecer el poder de negociación de los ganaderos y reequilibrar su posición en la cadena en aras a alcanzar una libertad de negociación real y una competencia efectiva, que limita, pero no elimina la libertad de negociación del precio.

27/06/24 11:25
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El Supremo avala que el precio de la leche debe cubrir los costes de producción

Rechaza el recurso presentado por las industrias lácteas

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Compra y venta, Vacuno de leche
Eugenia Rubio
27/06/24
1 minuto
de lectura
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El Tribunal Supremo ha avalado la obligación de que el precio pagado por la leche cubra los costes de producción.

Los jueces han desestimado un recurso de la Federación Nacional de Industrias Lácteas (FNIL) contra la normativa sobre contratación en el sector lácteo, que establece esta obligación y han apuntado que la misma persigue un objetivo legítimo de evitar prácticas desleales en perjuicio de la parte más débil de la cadena, que son los productores.

Los industriales argumentaban que la disposición supone una restricción de la libertad de las partes para fijar el precio del contrato que es contraria al Derecho de la Unión Europea. Sin embargo, el Supremo considera que es proporcional desde la perspectiva del derecho europeo, que es constitucional y que no socava la libertad de empresa.

Añade que es una medida adecuada para fortalecer el poder de negociación de los ganaderos y reequilibrar su posición en la cadena en aras a alcanzar una libertad de negociación real y una competencia efectiva, que limita, pero no elimina la libertad de negociación del precio.