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El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha ampliado en 30 días el plazo para la justificación y solicitud de pago de la primera convocatoria de la intervención en inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, lo que va a favorecer una mejor ejecución de los proyectos de inversión en 2024.
El Boletín Oficial del Estado ha publicado este lunes la orden ministerial que autoriza esta ampliación, hasta el 31 de mayo de 2024, correspondiente al primer ejercicio financiero de la Intervención Sectorial Vitivinícola 2024-2027, financiada con el Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA), dentro del Plan Estratégico español de la Política Agraria Común (PAC).
El real decreto que regula la Intervención Sectorial Vitivinícola faculta al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a modificar las fechas y plazos por motivos de urgencia, debidamente justificados, o de adecuación a la normativa europea.
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El Ministerio de Agricultura amplía el plazo para la justificación y solicitud de pago de las ayudas en inversiones vitivinícolas
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El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha ampliado en 30 días el plazo para la justificación y solicitud de pago de la primera convocatoria de la intervención en inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, lo que va a favorecer una mejor ejecución de los proyectos de inversión en 2024.
El Boletín Oficial del Estado ha publicado este lunes la orden ministerial que autoriza esta ampliación, hasta el 31 de mayo de 2024, correspondiente al primer ejercicio financiero de la Intervención Sectorial Vitivinícola 2024-2027, financiada con el Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA), dentro del Plan Estratégico español de la Política Agraria Común (PAC).
El real decreto que regula la Intervención Sectorial Vitivinícola faculta al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a modificar las fechas y plazos por motivos de urgencia, debidamente justificados, o de adecuación a la normativa europea.
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