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El Ministerio de Agricultura ha preparado un proyecto de real decreto para aplicar en España algunas de las medidas de simplificación de la PAC aprobadas a nivel comunitario y que dejaban en manos de los Estados miembros la decisión de aplicarlas a nivel nacional, además de incorporar algunas aclaraciones. Entre estas últimas figura una flexibilización en la BCAM 7, sobre rotación de cultivos, que establece que los beneficiarios de ayudas cuyas explotaciones tengan una superficie inferior a 30 hectáreas quedan exentas de los controles y penalizaciones relacionados con esta obligación.

 

El texto recoge asimismo otras medidas:

 

- Se considerará que los agricultores cuyas superficies estén certificadas como ecológicas (o en proceso de conversión) cumplen con las obligaciones de varias de las buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM), en concreto de las BCAM 1, 3, 4, 5, 6 y 7.

 

- En la BCAM 1 (mantenimiento de pastos permanentes), la proporción anual de pastos permanentes en cada comunidad autónoma no deberá disminuir en más de un 10% anual en relación con la proporción de referencia para 2018. Hasta ahora la disminución no podía ser superior al 5%.

 

- Al aplicar las normas BCAM, se podrán otorgar excepciones temporales a las obligaciones de esas normas si las condiciones meteorológicas, las enfermedades vegetales o las infestaciones por plagas impiden a los beneficiarios de las ayudas cumplir con las obligaciones en un año determinado. En caso de que se otorguen excepciones temporales, las autoridades competentes deberán comunicarlo al FEGA (Fondo Español de Garantía Agraria) en el plazo de un mes junto con una justificación de la medida.

 

- Se aclara la disposición vigente relativa a la exención de controles y penalizaciones en explotaciones con una superficie superior a 10 hectáreas, especificándose que las 10 hectáreas son de superficie subvencionable.

 

Estas medidas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación y serán aplicables con carácter retroactivo al 1 de enero de este año. El proyecto está sometido a consulta pública hasta el 13 de febrero.

 

10/02/26 11:56
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Proyecto para la aplicación de ciertas medidas de simplificación de la PAC

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Legislación, PAC, Subvenciones

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Agropopular

10/02/2026

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El Ministerio de Agricultura ha preparado un proyecto de real decreto para aplicar en España algunas de las medidas de simplificación de la PAC aprobadas a nivel comunitario y que dejaban en manos de los Estados miembros la decisión de aplicarlas a nivel nacional, además de incorporar algunas aclaraciones. Entre estas últimas figura una flexibilización en la BCAM 7, sobre rotación de cultivos, que establece que los beneficiarios de ayudas cuyas explotaciones tengan una superficie inferior a 30 hectáreas quedan exentas de los controles y penalizaciones relacionados con esta obligación.

 

El texto recoge asimismo otras medidas:

 

- Se considerará que los agricultores cuyas superficies estén certificadas como ecológicas (o en proceso de conversión) cumplen con las obligaciones de varias de las buenas condiciones agrarias y medioambientales (BCAM), en concreto de las BCAM 1, 3, 4, 5, 6 y 7.

 

- En la BCAM 1 (mantenimiento de pastos permanentes), la proporción anual de pastos permanentes en cada comunidad autónoma no deberá disminuir en más de un 10% anual en relación con la proporción de referencia para 2018. Hasta ahora la disminución no podía ser superior al 5%.

 

- Al aplicar las normas BCAM, se podrán otorgar excepciones temporales a las obligaciones de esas normas si las condiciones meteorológicas, las enfermedades vegetales o las infestaciones por plagas impiden a los beneficiarios de las ayudas cumplir con las obligaciones en un año determinado. En caso de que se otorguen excepciones temporales, las autoridades competentes deberán comunicarlo al FEGA (Fondo Español de Garantía Agraria) en el plazo de un mes junto con una justificación de la medida.

 

- Se aclara la disposición vigente relativa a la exención de controles y penalizaciones en explotaciones con una superficie superior a 10 hectáreas, especificándose que las 10 hectáreas son de superficie subvencionable.

 

Estas medidas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación y serán aplicables con carácter retroactivo al 1 de enero de este año. El proyecto está sometido a consulta pública hasta el 13 de febrero.

 

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